Texto oficial
Artículo 25.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el
título V de la ley Nº 18.603, así como en el párrafo 2º
de este Título, los precandidatos, los candidatos y
partidos políticos no podrán recibir, directa o
indirectamente, aportes de campaña electoral de los
órganos de la Administración del Estado, de las empresas
del Estado, ni de aquellas en que este, sus empresas,
sociedades o instituciones tengan participación.