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Artículo 24 de la Ley 7.726 · Modifica las disposiciones que se indican del titulo i del libro iv del código del trabajo

Modifica las disposiciones que se indican del titulo i del libro iv del código del trabajo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 213356 · idParte: 7302376

Texto oficial

Artículo 24. Créase un cargo de Oficial Traductor de la Oficina Internacional del Departamento Jurídico de la Dirección General del Trabajo, con sueldo anual de $ 24,000; cargo que, para los efectos de su provisión, estará fuera del escalafón, y se llenará por concurso ante el Jefe del Departamento respectivo, sin perjuicio del derecho a ascender del funcionario que lo sirve. Restablécese en la planta permanente del Departamento Jurídico de la Dirección General del Trabajo, el cargo de abogado incluido en planta suplementaria por el artículo 2º del Decreto con fuerza de Ley número 77/4,486, de 31 de Diciembre de 1942, y por la Ley de Presupuestos para 1943.