Texto oficial
Artículo 7º.- Corresponderá, especialmente, a la Comisión:
a) Adquirir, construir, arrendar u obtener a cualquier título los inmuebles necesarios para la Reunión; los bienes muebles necesarios para habilitar, alhajar y equipar los anteriores, y especialmente máquinas de oficina, útiles de escritorio, materiales de oficina e impresión y demás especies de uso o consumo corriente necesarios para el desarrollo del evento;
b) Asegurar movilización para las delegaciones;
c) Proporcionar oficina a las delegaciones;
d) Organizar los espectáculos y demás actividades que constituyan el complemento cultural y social de la Reunión y que permitan conocer programas de desarrollo del país;
e) Prestar colaboración al Banco Interamericano de Desarrollo en la contratación de alojamiento para las personas que participen en la Reunión y de personal local para la Secretaría de la Asamblea;
f) Fijar la remuneración del Secretario General Ejecutivo y ordenar el reembolso de los gastos en que incurra;
g) En general, realizar todos los actos y trabajos necesarios para procurar el éxito de la Reunión y colaborar en la movilización de la opinión pública en orden a obtener dicho propósito.