Texto oficial
Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al número I. OFICIALES DE LINEA, del artículo 5º del decreto supremo (G) Nº 501, de la Subsecretaría de Guerra, de 1977, modificado por el artículo 4º del decreto con fuerza de ley (G) Nº 1, del Ministerio de Defensa Nacional, de 1998:
1) Reemplázase, en la letra A. Escalafón del Aire, el guarismo "15" por "14".
2) Sustitúyese la letra C. Escalafón de Defensa Aérea, por la siguiente:
"C. Escalafón de Defensa Antiaérea:
- General de Brigada Aérea de Defensa Antiaérea 1
- Coroneles de Aviación de Defensa Antiaérea 4
- Comandantes de Grupo de Defensa Antiaérea 21
- Comandantes de Escuadrilla de Defensa
Antiaérea 26
- Capitanes de Bandada de Defensa Antiaérea 37
- Tenientes, Subtenientes y Alféreces
de Defensa Antiaérea 50".
3) Intercálase, a continuación de la letra C, la
siguiente letra D, nueva, pasando las actuales letras
D, E y F, a ser letras E, F y G, respectivamente:
"D. Escalafón de Telecomunicaciones e Informática:
- General de Brigada Aérea
de Telecomunicaciones e Informática 1
- Coroneles de Aviación
de Telecomunicaciones e Informática 4
- Comandantes de Grupo
de Telecomunicaciones e Informática 20
- Comandantes de Escuadrilla
de Telecomunicaciones e Informática 25
- Capitanes de Bandada
de Telecomunicaciones e Informática 36
- Tenientes, Subtenientes y Alféreces
de Telecomunicaciones e Informática 45".