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Artículo 6 del Decreto Ley 197

Fija impuesto unico a las mercancias extranjeras que indica en situacion aduanera irregular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215130 / 6441268.

Texto oficial

Artículo 6º.- A contar de la fecha de la solicitud a que se refiere el artículo 2º se rechazarán de inmediato las denuncias de cualquiera índole aduanera que se formulen en relación con las mercancías incluidas en tal documento.