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Artículo 7 del Decreto Ley 197

Fija impuesto unico a las mercancias extranjeras que indica en situacion aduanera irregular

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215130 / 6441269.

Texto oficial

Artículo 7º.- El interesado dispondrá de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde la fecha de la notificación a que se refiere el artículo 5º para reclamar ante la Junta General de Aduanas, si no estuviere conforme con la resolución dictada por el Superintendente.