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Artículo DECIMOPRIMERO (DEL NUM. Nº1) del Decreto 832

Establece normas que regulan el programa de becas presidente de la república

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 215966 / 8542789.

Texto oficial

Artículo decimoprimero: La obtención de los beneficios establecidos en el presente decreto supremo no será compatible con la postulación y obtención de otras becas estatales cuya finalidad sea la manutención del alumno, salvo que el Consejo de la Beca resuelva lo contrario, tales como la Beca Primera Dama de la Nación o la Beca Indígena.