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Artículo 5 del Decreto Ley 475

Fija ubicacion en la escala unica para los trabajadores de la empresa maritima del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 216353 / 6445464.

Texto oficial

Artículo 5°.- Autorízase al Director para establecer media jornada para las funciones de tres Abogados en la categoría o rubro Profesionales y Técnicos y para las funciones de un jefe de Departamento.