Texto oficial
Artículo 6°.- Para la obtención de autorización de
funcionamiento que permite la iniciación de actividades, se
deberá acompañar los siguientes antecedentes:
1) Solicitud escrita del propietario o
representante legal de la piscina.
2) Resolución de aprobación del proyecto de la piscina.
3) Certificado de aprobación del proyecto del sistema de
agua potable.
4) Certificado de aprobación del proyecto de
alcantarillado.
5) Certificado de aprobación del proyecto de equipos de
calefacción, cuando corresponda.
6) Registro de equipo de generadores eléctricos para
aquellos recintos que lo requieran.
7) Declaración de instalación eléctrica interior, de
acuerdo a la normativa pertinente.
8) Identificación de administrador responsable y
suplente.
9) Identificación de los salvavidas y encargados de
primeros auxilios.
10) Temporada de funcionamiento.
11) Horario de funcionamiento.
12) Libro de Registro que será visado por el Servicio de
Salud.