Texto oficial
Artículo 29.- En caso que la pileta considere
espumaderas automáticas en vez de rebosaderos, se deberá
cumplir lo siguiente:
a) Las espumaderas automáticas y los sistemas conectados
de tuberías de conducción de agua deben ser capaces de
remover al menos el 80% del caudal exigido para el conjunto
del sistema de filtros.
b) Debe haber al menos dos por pileta y en las piletas
rectangulares colocarse en cada uno de los costados más
largos.
c) El número de espumaderas debe ser igual o superior a
la superficie del agua en m² dividido por 37 m²,
aproximándose la cifra obtenida al entero inmediatamente
superior si ella no fuera un número entero.