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Artículo 38 del Decreto 209

Aprueba reglamento de piscinas de uso publico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217014 / 8649432.

Texto oficial

Artículo 38.- Los guardarropas deberán tener suficiente capacidad, amplitud y buena ventilación y ser de color blanco o claro en el interior de todos sus compartimentos o casilleros, de modo de permitir su fácil limpieza.