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Artículo TERCERO del Decreto Ley 441

Declara de utilidad publica y autoriza expropiacion de terreno que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217572 / 6449618.

Texto oficial

Artículo tercero: Los terrenos y construcciones señalados serán destinados a los fines que determine el Ministro de la Vivienda y Urbanismo.