Texto oficial
Artículo 3º: Para la elección de los representantes
para el Comité Consultivo del Adulto Mayor, serán
elegibles los representantes señalados en el artículo 2º.
Aprueba reglamento del registro de prestadores de servicios remunerados o no a adultos mayores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217790 / 8914032.