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Artículo 26 del Decreto 685

Aprueba reglamento de la ley nº 19.856, que crea un sistema de reinsercion social de los condenados en base;a la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217983 / 8149193.

Texto oficial

Artículo 26.- La citación de los miembros de la Comisión será efectuada por el o la Secretario/a Ejecutivo/a con a lo menos cinco días hábiles de anticipación a aquel fijado para la primera sesión del proceso anual de calificación. La citación deberá contener indicación del lugar, fecha y hora en que se dará inicio a las sesiones del correspondiente proceso de calificación, así como del número de personas condenadas que serán objeto de evaluación.