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Artículo 28 del Decreto 685

Aprueba reglamento de la ley nº 19.856, que crea un sistema de reinsercion social de los condenados en base;a la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217983 / 8149195.

Texto oficial

Artículo 28.- La Comisión se entenderá constituida con la presencia de los dos tercios de sus miembros. Sin perjuicio de lo señalado, la Comisión no podrá adoptar acuerdos sin la presencia de su presidente/a ni de, a lo menos, un/a juez/a de letras con competencia en materia criminal o miembro del tribunal del juicio oral en lo penal, según fuere el caso.