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Artículo 55 del Decreto 685

Aprueba reglamento de la ley nº 19.856, que crea un sistema de reinsercion social de los condenados en base;a la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217983 / 8149228.

Texto oficial

Artículo 55.- Podrán postular a los beneficios consagrados en la ley Nº 19.856, todas aquellas personas condenadas que hubieren sido evaluadas con comportamiento sobresaliente en uno o más períodos anuales de calificación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 17 de la mencionada ley.