Texto oficial
Artículo 69.- La solicitud consistirá en un
formulario elaborado por Gendarmería de Chile, y firmado
por la persona condenada. Deberán además adjuntarse los
antecedentes que conforman el Informe Consolidado, de que
trata el artículo siguiente, los cuales serán
proporcionados y debidamente certificados por Gendarmería
de Chile en un plazo máximo de tres días hábiles,
contados desde que se hubiere firmado el formulario de
solicitud.