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Artículo 69 del Decreto 685

Aprueba reglamento de la ley nº 19.856, que crea un sistema de reinsercion social de los condenados en base;a la observacion de buena conducta

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 217983 / 8149288.

Texto oficial

Artículo 69.- La solicitud consistirá en un formulario elaborado por Gendarmería de Chile, y firmado por la persona condenada. Deberán además adjuntarse los antecedentes que conforman el Informe Consolidado, de que trata el artículo siguiente, los cuales serán proporcionados y debidamente certificados por Gendarmería de Chile en un plazo máximo de tres días hábiles, contados desde que se hubiere firmado el formulario de solicitud.