Texto oficial
Artículo 23.- En contra de las resoluciones de la
Unidad que apliquen sanciones, se podrá interponer el
recurso de reposición establecido en el artículo 59 de la
ley Nº 19.880, dentro del plazo de cinco días, contado
desde la notificación de la sanción. La Unidad dispondrá
de diez días para resolver.
La interposición de este recurso suspenderá el plazo
para deducir el reclamo de ilegalidad a que se hace
referencia en el artículo siguiente.