Texto oficial
ART. 2.° Se declaran de utilidad pública los terrenos particulares i municipales necesarios para la construccion de la línea, sus estaciones i edificios anexos.
Ferrocarril entre la estacion de rancagua i el pueblo de penco
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22031 / 5946995.