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Artículo 21 de la Ley 8.853 · Introduce modificaciones a diversas leyes sobre pavimentacion

Introduce modificaciones a diversas leyes sobre pavimentacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220559 / 8703082.

Texto oficial

Artículo 21. Intercálase como inciso 2.o del artículo 39 de la ley N.o 5,757, el siguiente nuevo inciso: "Los propietarios de vías férreas estarán además obligados al hacerse la renovación de la capa de rodadura de aquellas calzadas con base de concreto, a costear el cambio de esa base, si así lo exigiere la Junta de Pavimentación."