Texto oficial
Artículo 3.o Autorízase a la Junta de Pavimentación respectiva para que, previo informe favorable de la Dirección General de Pavimentación sobre la capacidad financiera de la comuna de Palmilla, pueda rebajar hasta en un metro de ancho la parte del pavimento de calzada que corresponde pagar a los vecinos de cada lado del camino de Palmilla a Paniahue, con motivo de su pavimentación, siempre que sus predios tengan un avalúo inferior a trescientos mil pesos ($ 300.000).