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Artículo 15 TER de la Ley 19.928 · Sobre fomento de la musica chilena

Sobre fomento de la musica chilena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 220680 / 9589958.

Texto oficial

Artículo 15 ter.- Instáurase el 4 de octubre de cada año como el "Día de la Música y de los Músicos Chilenos".