Texto oficial
ART. 3.° Serán motivos de preferencia para conceder el permiso:
1.° El mayor número de intereses industriales que favorezca la línea;
2.° Los menores perjuicios que produzca el trabajo de la línea en las propiedades municipales i particulares que atraviese; i
3.° La mejor garantía o manifestacion de recursos en seguridad de que se llevará a efecto la obra.