Texto oficial
Artículo 647.- El transporte de explosivos a los
frentes de trabajo, que se realice en forma manual, deberá
considerar las siguientes medidas de seguridad:
a. Los detonadores y altos explosivos no se deben
trasladar juntos.
b. El transporte de explosivos debe ser con ese solo
objetivo, por lo tanto, no se debe transportar otros
materiales junto a éstos.
c. Está estrictamente prohibido fumar cuando se
transporta explosivos.
d. El transporte de explosivos debe hacerse en mochilas
diseñadas para dicho fin.
e. Sólo debe trasladarse explosivos en la cantidad
necesaria a usar en la tronadura y debe cumplir con la ley
N°20.949, que modifica el Código del Trabajo para reducir
el peso de cargas de manipulación manual.