Texto oficial
Artículo 667.- Para efectos de la electrificación,
los sistemas eléctricos de planta de tratamiento de
minerales, deberá considerar lo siguiente:
a. En procesos secos, como chancado, los equipos
eléctricos deberán ser protegidos a prueba de polvo;
b. En procesos húmedos, como molienda y flotación,
deberán los equipos ser protegidos contra la humedad; y
c. En procesos de lixiviación, los equipos eléctricos
deberán ser de alta resistencia a la corrosión y efecto de
los ácidos.