Texto oficial
Artículo 21.- Toda empresa minera que inicie o
reinicie obras o actividades, deberá previamente informarlo
por escrito al Servicio, señalando su ubicación,
coordenadas U.T.M., el nombre del Propietario, del
Representante Legal, y del Experto o Monitor de Seguridad si
procediera, indicando su número de registro y categoría, a
lo menos con quince (15) días de anticipación al inicio de
los trabajos.
Si dichas obras o actividades las realiza a través de
contratistas, deberá enviar además al Servicio, la
siguiente información:
Tipo de obra y su ubicación
Razón Social del Contratista y su dirección
Fecha de iniciación y término de contrato
Autorización ambiental
Mientras tal información no sea entregada, el Servicio
considerará a la empresa minera mandante, como ejecutora
directa de dichas obras o actividades.
El traspaso de una faena minera o parte de ella a
terceros, exime a la empresa minera que lo realiza, de sus
obligaciones relacionadas con la conservación de la faena y
de sus responsabilidades hacia terceros, con motivo de las
labores que se realicen en dicha faena, en los siguientes
casos:
a) Cuando el título que sirve de causa al traspaso sea
traslaticio de dominio;
b) Cuando el título que sirve de causa el traspaso sea de
mera tenencia y previa certificación de cumplimiento de las
normas de seguridad minera, otorgada por el Servicio
Nacional de Geología y Minería. Para estos efectos, el
Servicio Nacional de Geología y Minería levantará un acta
donde dejará constancia de las condiciones de la faena, o
de la parte de ella que corresponda como asimismo, de los
fundamentos que ha tenido en consideración para otorgar la
referida certificación.
Lo precedentemente dispuesto regirá, sin perjuicio de
las normas generales establecidas sobre responsabilidad
respecto a terceros.
Semestralmente las empresas Mandantes deberán enviar
al Servicio un registro actualizado de las empresas
contratistas con contrato vigente, como asimismo el
movimiento o rotación de ellas durante el período. Dicha
información deberá ser acompañada con los respectivos
indicadores de lesiones del período (estadísticas de
accidentes).