Texto oficial
Artículo 396.- En toda faena minera donde se utilice
energía eléctrica se deberán mantener planos y registros
actualizados de todos los equipamientos y sistemas
instalados, como asimismo, la información necesaria y
detallada, referida a:
a) Potencias instaladas, consumos y distribución de la
energía por áreas o centros de operación.
b) Descripción y características de los equipos de
generación y distribución y también de aquellos de
consumo como, motores, palas, ferrocarriles eléctricos y
demás aparatos utilizados.
c) Descripción de los sistemas y redes de alumbrado.
d) Descripción de los sistemas de protección y control,
incluido pararrayos.