Texto oficial
Artículo 493.- Los contenidos técnicos a considerar
para la preparación de los Proyectos de Plan de Cierre de
Faenas Mineras respecto de las principales instalaciones que
componen una faena minera y de las instalaciones menores o
complementarias, podrán ser establecidas por el Director
por medio de Resoluci�nes, las que corresponderán a las
materias que se individualizan por tipo de instalación en
los artículos 494 al 499 del Presente Reglamento.