Texto oficial
Artículo 3º transitorio.- Aquellos municipios o
corporaciones de educación municipal que al 31 de marzo de
2004 tengan en su dotación docente un porcentaje superior
al 20% de docentes en calidad de contratados, deberán
llamar a un concurso interno para incorporar a docentes en
calidad de titulares a la dotación para ajustarse a lo
estipulado en el artículo 26 del decreto con fuerza de ley
Nº 1, de 1996, del Ministerio de Educación. Este concurso
deberá quedar resuelto a más tardar el 30 de abril de
2004.
Podrán participar en este concurso interno los
profesionales de la educación titulados, que hayan
pertenecido a la dotación docente del respectivo municipio
o corporación de educación municipal en calidad de
contratados al 31 de diciembre de 2003 y que hayan servido
en ésta durante tres años continuos o cuatro discontinuos,
contados desde esa fecha.