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Artículo 83 (DEL ART. UNICO) de la Ley de Cooperativas

Fija texto refundido, concordado y sistematizado de la ley general de cooperativas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221322 / 8650446.

Texto oficial

Artículo 83: Las cooperativas cerradas de vivienda no Ley 19.832 se disuelven ni liquidan por el hecho de haber asignado en ART. 1° dominio a sus socios la totalidad de las viviendas por ellas N° 111 construidas, si su objeto contempla el equipamiento y desarrollo comunitario.