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Artículo 2 transitorio de la Ley 19.934

Modifica el d.l. nº 3.500, de 1980, estableciendo normas relativas al otorgamiento de pensiones a traves de la modalidad de rentas vitalicias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 221510 / 8046679.

Texto oficial

Artículo 2º.- Mientras entran en vigencia las modificaciones que esta ley introduce al decreto ley Nº 3.500, de 1980, la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones, conjuntamente con la Superintendencia de Valores y Seguros, deberán organizar el funcionamiento del sistema de transmisión de datos que se utilizará para solicitar y efectuar las consultas y ofertas de montos de pensión.