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Artículo 4 del Decreto Ley 1022

Establece normas sobre empresas expropiadas con anterioridad al 11 de septiembre de 1973

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 222018 · idParte: 7309612

Texto oficial

Artículo 4º- La gestión administrativa del Estado realizada con anterioridad a la restitución y/o enajenación de los bienes expropiados, no dará origen a giro de impuestos en contra de los expropiados o de los terceros que los adquieran, según el caso.