Texto oficial
ART: 17. Las escusas que hubieren sido aceptadas o rechazadas al tiempo de la inscripcion se calificarán por una Junta Departamental revisora, compuesta del Comandante de Armas que la presidirá, del primer alcalde i del médico de ciudad.
Esta junta procederá de oficio en vista de los antecedentes i documentos que se presentaren, hará publicar su resolucion i la comunicará a la Junta inscriptora correspondiente.