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Artículo 22 de la Ley 352 · Lei sobre organizacion i servicio de la guardia;nacional

Lei sobre organizacion i servicio de la guardia;nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22203 / 7162620.

Texto oficial

ART: 22. En la época que se designe, segun el artículo anterior, deberán concurrir a inscribirse en el rejistro de la subdelegacion en que tengan su domicilio o residencia todos los ciudadanos que no estén exentos del servicio de la Guardia Nacional.