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Artículo 28 de la Ley 352 · Lei sobre organizacion i servicio de la guardia;nacional

Lei sobre organizacion i servicio de la guardia;nacional

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22203 / 7162626.

Texto oficial

ART. 28. La organizacion de los cuerpos de la Guardia Nacional i su distribucion en las armas de artillería, infantería, caballería, cuerpo de injenieros i otros servicios militares, corresponde al Presidente de la República. Podrán formarse secciones para el servicio de la marina en la forma que determinen los reglamentos.