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Artículo 11 del Decreto Con Fuerza de Ley 254

Decreto con fuerza de ley n.o 254

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222061 / 9052991.

Texto oficial

Art. 11. En los juicios cuyo monto sea de cincuenta mil pesos o más, se cobrarán doblados los derechos fijados en este arancel.