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Artículo 16 del Decreto Con Fuerza de Ley 120

Decreto con fuerza de ley n.o 120

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 222835 / 9053022.

Texto oficial

Intervención especial de la Contraloría Art. 16. Corresponderá exclusivamente a la Contraloría General de la República, determinar el alcance del artículo 1.o, las calidades a que se refieren los artículos 4.o, 8.o y 11, y, especialmente, velar por el cumplimiento de los artículos transitorios 1.o, 2.o y 3.o.