Texto oficial
Artículo 7º.- La preferencia de la hipoteca se extenderá a la cantidad garantizada y, en cuanto a los intereses, solamente a los devengados durante el cobro judicial y en los tres años anteriores a la iniciación del juicio.
Fija normas sobre hipoteca y creditos privilegiados sobre aeronaves
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 223591 / 9004654.