Texto oficial
Artículo 6º transitorio.- Estatúyese un bono de permanencia para el personal de Fila de Nombramiento Institucional que, a la fecha de publicación de esta ley, compute entre treinta y treinta y tres años de servicios efectivos.
Este beneficio se determinará en relación con los años de servicios efectivos a la fecha de publicación de esta ley y con los años de servicios efectivos al momento del retiro, y consistirá en un número de meses de su última remuneración imponible, con un tope de tres, de acuerdo con la siguiente tabla:
Años de servicios
efectivos al
momento del retiro 32 33 34 35 y
Años de más
servicios
efectivos a
la fecha
de publicación
de la ley
30 1 mes 2 meses 2 meses 3 meses
31 0 1 mes 2 meses 3 meses
32 0 0 1 mes 2 meses
33 0 0 0 1 mes