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Artículo 6 TRANSITORIO de la Ley 19.941

Modifica la ley nº18.961, orgánica constitucional de carabineros de chile, y modifica la ley nº 18.291, que reestructura y fija la planta y grados del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 224205 / 8046908.

Texto oficial

Artículo 6º transitorio.- Estatúyese un bono de permanencia para el personal de Fila de Nombramiento Institucional que, a la fecha de publicación de esta ley, compute entre treinta y treinta y tres años de servicios efectivos. Este beneficio se determinará en relación con los años de servicios efectivos a la fecha de publicación de esta ley y con los años de servicios efectivos al momento del retiro, y consistirá en un número de meses de su última remuneración imponible, con un tope de tres, de acuerdo con la siguiente tabla: Años de servicios efectivos al momento del retiro 32 33 34 35 y Años de más servicios efectivos a la fecha de publicación de la ley 30 1 mes 2 meses 2 meses 3 meses 31 0 1 mes 2 meses 3 meses 32 0 0 1 mes 2 meses 33 0 0 0 1 mes