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Artículo 10 de la Ley 1.123 · Lei de casas de prestamos

Lei de casas de prestamos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22421 · idParte: 8845085

Texto oficial

Art. 10. El prestamista está obligado a guardar i conservar en buen estado las prendas que se le empeñen, i es responsable, en la forma establecida por los artículos 2,394 i 2,395 del Código Civil, de los deterioros que las prendas sufran por su culpa.