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Artículo 2 del Decreto Ley 1334

Fija planta y ubica en la escala unica de sueldos al personal de la comision nacional de riego

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 224724 / 9004668.

Texto oficial

Artículo 2.o- En caso de ausencia o impedimento del Secretario Ejecutivo será subrogado para todos los efectos legales por el Director Ejecutivo.