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Artículo 9 del Decreto 95

Aprueba reglamento de los comites regionales para el adulto mayor

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225472 / 8651043.

Texto oficial

Artículo 9º.- El quórum para sesionar, tanto en sesiones ordinarias como extraordinarias, será de la mayoría absoluta de los miembros del Comité Regional. Los acuerdos del Comité se adoptarán con el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros que asistieren. En caso de empate, dirimirá el Presidente del Comité Regional.