Texto oficial
Artículo 8º.- El Servicio de Registro Civil e
Identificación tendrá disponible la información de
bloqueo de documentos para cualquier persona, natural o
jurídica, que desee consultarla.
Crea un procedimiento para eximir de responsabilidad en caso de extravio, robo o hurto de la cedula de identidad y de otros documentos de identificacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 225523 / 8659619.