Saltar al contenido

Artículo 6 del Decreto Ley 1634

Aprueba planta del servicio nacional de capacitacion y empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 226746 / 7312638.

Texto oficial

Artículo 6º.- La provisión de los cargos de la Planta Profesional "Escalafón Profesional 1" y "Escalafón Profesional 2", no podrá hacerse, ya sea por la vía del nombramiento, ascenso, encasillamiento o permuta, en cargos cuya ubicación exceda el grado máximo de la posición relativa de la respectiva profesión, establecido en el artículo 12º del decreto ley Nº 249, de 1973.