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Artículo 2 de la Ley 1.533 · Que autoriza la concesion de primas a favor de las fabricas de acido sulfurico

Que autoriza la concesion de primas a favor de las fabricas de acido sulfurico

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22724 / 5949409.

Texto oficial

ART. 2.° Para gozar de esta prima, los interesados deberán iniciar los trabajos de instalacion de su fábrica dentro del plazo de un año, contado desde el dia en que se promulgue esta lei.