Saltar al contenido

Artículo 64 del Decreto 3154

Fija texto definitivo de la ley general de bancos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 227286 · idParte: 7312972

Texto oficial

Artículo 64. No podrá destinarse parte alguna de los reservas al pago de dividendos si con ello las reservas quedaren reducidas a menos del 25% fijado como mínimo en esta ley.