Texto oficial
Art. 583. (741). Lo dispuesto en los párrafos 4° y
5° de este Título se entiende sin perjuicio de las medidas
administrativas o de policía a que haya lugar según las
leyes.
Código de procedimiento civil
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22740 / 8768088.