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Artículo 9 de la Ley 1.594 · Que autoriza la enajenacion de ciertos terrenos salitrales

Que autoriza la enajenacion de ciertos terrenos salitrales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 22775 · idParte: 5950656

Texto oficial

ART. 9.° Se autoriza al Presidente de la República para que pueda descontar las obligaciones provenientes de la parte de precio que quedaren adeudando los rematantes.