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Artículo 16 del Decreto 110

Aprueba reglamento relativo a la utilizacion del deposito franco contemplado en el convenio para el establecimiento en antofagasta de un deposito franco y zona franca para las mercaderias exportadas o importadas por el paraguay de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 228817 / 8659788.

Texto oficial

Artículo 16º: La Aduana de Chile podrá establecer documentos especiales para el ingreso y salida de mercancías del Depósito Franco, que faciliten las operaciones materiales y documentales que afecten a estas mercancías, con información a la Administración del Depósito Franco.