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Artículo 2 de la Ley 1.779 · Fija la fuerza de mar i tierra para el año 1906.

Fija la fuerza de mar i tierra para el año 1906.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 22908 / 5951166.

Texto oficial

ART. 2.° Se autoriza al Presidente de la República para que invierta, durante el corriente mes de Diciembre, hasta la cantidad de ochenta i nueve mil cuatrocientos cincuenta pesos en atender a los gastos de rancho i sueldos del personal de tropa en que se aumenta la dotacion permanente del Ejército.